Bolivians approve new constitution

On January 25, 2009, Bolivians approved a new constitution, voting 61 percent in favor and 39 percent against, realizing a long-standing demand of Bolivian social movements and fulfilling a principal campaign pledge of President Evo Morales. The 411-article constitution represents an attempt to break with Bolivia’s colonial past, and the legacy of poverty and exclusion that plagues much of the country’s indigenous majority. Among the key features of the new constitution are provisions that (a) give greater rights to indigenous peoples (in such areas as recognition, systems of justice, education, religion, language and territory), (b) provide the state greater control over the economy (notably, over the country’s natural resources), (c) secure access to health care, education, food and water as ‘rights’, and (d) permit the president to sit for two consecutive terms. In the case of Morales, this allows him to stand for one additional term in an election to be held later this year. Additionally, Bolivians voted overwhelmingly to limit large agricultural land holdings to 5,000 hectares (12,355 acres), although this will not be applied retroactively to those who already hold large tracts of land.

Constitutional approval came despite strong criticisms from business and autonomist groups in the eastern departments of the media luna that the Constituent Assembly’s drafting and ratification process was illegal, as well as objections by social movements and organizations that too many concessions were made to appease the opposition (such as lack of retroactivity in agrarian reform). Ethnic, class and regional cleavages produced recurrent conflicts throughout the process of writing and approving the new constitution, climaxing in the September 11, 2008 massacre of 20 pro-Morales campesinos in the northern department of Pando. Though it appeared at times that the gridlock was insurmountable, international observers, most notably from the Union of South American Nations (UNASUR), played an important role in breaking the impasse between Bolivian parties, resulting in a compromise that was approved by a majority of the Bolivian Congress in October 2008. That body will now have the task of legislating over dozens of issues that arise out of the new charter.

For further analysis by John Crabtree, click here.

The Andean Democracy Network prepared a report on run-up to the Referendum in Bolivia. Download the PDF by clicking on the link: Flash Report on Referenda in Bolivia


2 responses to “Bolivians approve new constitution”

  1. CSDI

    Comentarios entregadas por Moira Zuazo, investigadora para uno de los equipos Bolivianos.

    Commentaries by Moira Zuazo, a researcher in one of the teams in Bolivia:

    Análisis de la CPE
    (Aprobada en Referéndum Nacional el 25 de Enero del 2009)

    Moira Zuazo

    La CPE aprobada el pasado domingo 25 de Enero del 2009 marca un hito importante en la construcción de democracia en Bolivia por que introduce en el texto constitucional cuestiones centrales para la consolidación de la democracia boliviana, lo cual se expresa en la visibilización de temas importantes y en el planteamiento y ampliación expresa de derechos, antes ajenos al texto constitucional. Por otra parte, a consecuencia del accidentado e insuficiente debate en la Asamblea Constituyente, la CPE es un conjunto de artículos contradictorios entre si que se prestan a diversas y opuestas interpretaciones. Finalmente desde una perspectiva de democracia ciudadana vemos que el texto de la Constitución plantea peligros a la vida en democracia de los bolivianos.
    Los tres niveles mencionados serán expuestos en dos partes: Primero elementos de democratización en la CPE. Y segundo peligros para la democracia en la CPE.

    1.1 Elementos de democratización de la CPE
    1.1.1 Visibilización de la problemática indígena
    Un primer elemento positivo de la CPE es la visibilización de la discriminación y de la problemática indígena como un problema central para la consolidación y la sostenibilidad de la democracia en Bolivia. (Prohibición de la discriminación Art 14. Derechos de IOCs Art. 30 y 31 y Art 2 Principio de preexistencia de las IOCS)

    1.1.2 Un segundo elemento de democratización del Estado es la ampliación del concepto de democracia incluyendo junto a la democracia representativa formas de democracia directa y definición de democracia deliberativa (Art 11)

    1.1.3 Un tercer elemento de fortalecimiento democrático esta en la enunciación y ampliación de derechos sociales, civiles y políticos (Art 15 al 29) entre los cuales esta planteado el derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos: agua potable, alcantarillado electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones (Art20).

    1.1.4 Un cuarto elemento es la constitucionalización de las autonomías departamentales, es decir la consagración del departamento como un nivel político autónomo parte de la estructura territorial del Estado (Art. 277 al 279)

    1.2Peligros para la democracia en la CPE
    1.2.1El nudo: “indígena originario campesino” y el peligro de la invisibilización de lo indígena
    La CPE define las “naciones y pueblos indígena originario campesinos” (Ver título Capítulo cuarto y Art. 30) como el sujeto de discriminación positiva para la cuestión indígena con lo cual renuncia a diferenciar y visibilizar la cuestión indígena de la cuestión campesina.
    Estos tres sujetos sociales metidos en una sola bolsa ( indígena, originario y campesino) permiten la primacía del peso demográfico que por lo general esta a favor de los campesinos en detrimento de la protección de minorías y de sus reivindicaciones culturales y lingüísticas propias de indígenas, lo que en realidad contradice el núcleo de la reivindicación.
    Indígenas, originarios y campesinos son socialmente diferentes y presentan intereses diversos, especialmente en cuanto hace a su relación con el territorio, con el medio ambiente y con la explotación de recursos naturales. Son conocidos los conflictos entre campesinos (colonizadores) e indígenas en parques nacionales por el uso de los recursos y conflictos territoriales fundamentalmente entre campesinos e indígenas en tierras bajas.

    1.2.2Constitucionalización de la discriminación
    El Art 30 inc 3 Plantea el derecho de que cada uno de los miembros de nación y pueblo IOCs pueda inscribir su identidad cultural en la cédula de identidad y pasaporte. Lo que esta en contradicción con el Art 14 que proscribe toda discriminación.

    1.2.3 las circunscripciones especiales y la doble representación rural
    Las circunscripciones IOCs especiales significan una doble representación pues los miembros de las IOCs pueden por un lado votar y elegir democráticamente representantes y por otro lado pueden nombrar o designar representante en tanto IOCs sin importar la densidad poblacional ni la continuidad geográfica Art 146 y 147.
    1.2.4 Pluralismo jurídico y suspensión de derechos y garantías individuales en los territorios de Autonomia IOCs
    La autonomía IOCs (indígena) reserva como competencia exclusiva de la autonomía IOCs el ejercicio de la jurisdicción IOCs para la aplicación de justicia y resolución de conflictos a través de normas y procedimientos propios (Art 304 inc 8 y Art 30) que muchas veces violan derechos individuales considerados en la parte de derechos y garantías de esta misma Constitución (Contradicción con los Arts. 125 al 131)

    1.2.5Lo urbano invisibilizado
    1.2.5.1Invisibilización de 184 años de vida republicana y de la problemática urbana
    El preámbulo de la Constitución ignora y niega la historia republicana, esta negación se consolida con el Art 3 donde la población urbana es reducida a “comunidades interculturales” que no se vuelven a mencionar en el texto constitucional.

    1.2.5.2Descolonización como función del estado
    La CPE define como fin y función esencial del Estado la descolonización, lo cual sin forzar el texto puede ser interpretado como un proceso de negación y destrucción de cualquier institución producto de historia colonial y republicana (Art. 9 inc 1), es decir de cualquier institución “occidental”.

  2. Bolivian Constitution

    Please visit http://www.BolivianConstitution.com to discuss the new Bolivian Constitution translated to English.

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